Debido a las interrogantes que están surgiendo en relación a las incidencias de la Reforma de la Ley ISLR de Noviembre 2014 en la Declaracion ISLR 2015 se ha planificado la realización de un Foro el próximo 18 de Febrero de 2016, en el que se hablará adicionalmente de la REFORMA a la LISLR Dic. 2015 y la promulgación del IGTF, importante considerar que se tocaran los siguientes puntos:
· Instituciones que perdieron la exención: (i) dedicadas exclusivamente a actividades religiosas (de cualquier culto); artísticas (museos); científicas de conservación, defensa y mejoramiento del ambiente; tecnológicas; culturales (Clubes Sociales, Recreacionales); deportivas (Clubes Deportivos, Asociaciones y Federaciones Deportivas, Criollitos de Venezuela, Pequeñas Ligas y similares); y las asociaciones profesionales (Colegios Profesionales, Academias Nacionales) o gremiales (Gremios Empresariales, Sindicatos y Similares), siempre que no persigan fines de lucro.(ii) Instituciones universitarias y educaciones.(iii) Sociedades Cooperativas.
· Otro tipo de sociedades civiles: condominios comerciales y residenciales.
· Empresas con pérdidas trasladables al cierre de 2014.
· Empresas que aplicaban para la rebaja por nuevas inversiones.
· Contribuyentes dedicados a actividades financieras y de seguros, y contribuyentes especiales excluidos de aplicación ajuste por inflación fiscal.
Para información adicional, contactar través del correo electrónico info@fmcontadores.net o por el teléfono 0261 7628899
No hay comentarios.:
Publicar un comentario