Por tanto, a partir de este 01-07-2015 el salario mínimo quedará en Bs.7.421,68, lo que representa una jornada diurna de Bs.247,39. (El monto diferencial respecto al último salario (01-05-2015) será de 674,70 Bs.F al mes o 22,49 Bs.F diarios)
A ello se suma el bono de alimentación, que se ubica entre 2.250 y 3.375 bolívares mensuales.
A ello se suma el bono de alimentación, que se ubica entre 2.250 y 3.375 bolívares mensuales.
Este ajuste también aplica para las pensiones de jubilados y pensionadas de la administración pública, así como de las pensiones otorgadas por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS).
Cuando la labor es realizada por adolescentes aprendices, en condiciones iguales a las de los trabajadores y trabajadoras, será de 5.519,37 Bs.F con una jornada diurna de Bs.183,98 Bs.F.
Para consultar la Gaceta Extraordinaria 6.181: Aumento Oficial del salario mínimo y las pensiones siga este enlace: http://dctos.finanzasdigital.com/Gaceta6181-oficializan-salario-minimo.pdf
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