Los Ministerios para la Alimentación, para la Agricultura y Tierras, de Comercio y Finanzas, para el Comercio y el Centro Nacional de Comercio Exterior, emitieron una resolución conjunta en la Gaceta Oficial 40.734 de este viernes 28 de agosto de 2015, donde publican una lista de bienes calificados de primera necesidad o de consumo masivo.
La resolución señala que los bienes cuyo código arancelario se detallan, gozarán del beneficio previsto en el Articulo 127 del Decreto N° 1.416, de fecha 13 de noviembre de 2014, con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Aduanas, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.155, del 19 de noviembre de 2014.
Asimismo se especifica que la resolución tendrá una vigencia de un año, contado a partir del 31 de julio de 2015, sin embargo se expresa que la vigencia podrá ser prorrogable por un periodo igual y consecutivo.

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Para conocer la Gaceta Oficial Extraordinaria # 6.155 de fecha 19-11-2014 donde emana el el artículo # 127 del decreto # 1.416 haga clic sobre este enlace
Artículo # 127 del Decreto #1.416 en Gaceta Oficial Extraordinaria # 6.155 publicada el 19-11-2014
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